A un periodista lo hacen los datos, la cordura con que los analiza y el criterio con que los da a conocer. Sin duda, cuando después de tantos años el finado Jacobo Zabludovsky salió de la televisión abierta, ya no buscaba prácticamente los datos, ellos lo buscaban a él; muchos eran interesados, pero otros bien pudieron servir al respetable para formarse una opinión más o menos informada de varios sucesos de la vida pública. Carlos Loret de Mola, un periodista con altibajos, fue quien dio a conocer –antes que todos– la decisión de Rosario Robles de someterse al “criterio de oportunidad” que, en tiempos previos a una descarnada lucha electoral como la que viene en 2021, vale oro.

El primer atisbo lo dio a conocer ella misma en una carta manuscrita fechada el 26 de octubre, donde la exfuncionaria decía que no delataría a sus ex compañeros del gabinete (de Enrique Peña Nieto) pero advertía “tengo información confiable (de fuentes al interior de la Fiscalía General de la República, FGR, particularmente del área de servidores públicos) de que se han reunido con ex colaboradores ofreciendo impunidad a cambio de que declaren lo que ellos necesitan”.

También daba a conocer –en la misma carta– que sabía que lo que ‘ellos’ pretendían “como en otros casos”, era el señalar como responsables a ex colegas de mayor jerarquía en el gabinete peñista para “dirigir ahí sus baterías”. Aunque anticipaba que “las teorías e hipótesis de quienes contactaron a su equipo, nada tendrían que ver con la verdad” y que ella jamás mentiría para obtener su libertad porque no quería salir por la puerta de atrás y prefería seguir luchando por los cauces legales porque se consideraba inocente; y “porque confío que alguien en el sistema judicial tendría la valentía de aplicar la ley…”

Hoy, la ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) se encuentra en pláticas con la FGR, aunque queda implícito que estas habrían iniciado antes, y buscan concretar un acuerdo y obtener un ‘criterio de oportunidad’ que le permita los beneficios en los procesos penales que tiene pendientes por el caso de la Estafa Maestra.

¿Por qué es importante?

Porque después de 16 meses sin sentencia, un juez le hizo a Robles otro cargo por delincuencia organizada, y Emilio Zebadúa (ex Oficial Mayor de la Sedatu y presunto operador de los desvíos de la estafa maestra) solicitó incorporarse al criterio de oportunidad intercambiando información por reducción de sentencia, lo que garantiza para 2021, en plenas campañas, nuevos escándalos políticos donde estarán implicados Enrique Peña Nieto, Luis Videgaray y Miguel Ángel Osorio Chong, principalmente.

Zebadúa ha dicho que los 5 mil 073 millones de pesos presuntamente desviados en la estafa maestra fueron recabados para proveer recursos permanentes durante todo el sexenio (de Peña Nieto), para la promoción publicitaria político-electoral tanto del titular del Ejecutivo, como de su gobierno y partido político. 

Pero ¿Qué es ese famoso “criterio de oportunidad”?

El 21 Constitucional (párrafo séptimo) lo establece, y es regulado por el Código Nacional de Procedimientos Penales (artículo 218). Ahí faculta al Ministerio Público a desistir de la acción penal de un imputado, siempre y cuando haya un ‘criterio de oportunidad’ debidamente justificado por el artículo 256 que establece que se otorgará cuando se trate de delitos que no tengan pena privativa de libertad, pena alternativa o pena privativa de libertad cuya punibilidad máxima sea de cinco años de prisión, y que no se haya cometido con violencia.

También cuando sean delitos de contenido patrimonial cometidos sin violencia sobre las personas o de delitos culposos, siempre que el imputado no hubiere actuado en estado de ebriedad, bajo el influjo de narcóticos o sustancias similares. Sin embargo, la parte que nos interesa es cuando dice que la pena o medida de seguridad que pudiera imponerse por el hecho delictivo ‘carezca de importancia’ en consideración a la pena o medida de seguridad ya impuesta o a la que podría imponerse por otro delito por el que esté siendo procesado con independencia del fuero; además, cuando el imputado aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio.

No olvidar que Emilio Lozoya Austin, exdirector de Pemex, habría solicitado también el criterio de oportunidad cuando fue vinculado a proceso por los casos de Odebrecht y Agronitrogenados.

Esta figura jurídica fue incorporada en 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio, para evitar la saturación del trabajo, tanto en las procuradurías como de los tribunales con “delitos poco trascendentes” que no afectan el interés público, para así poder concentrarse en la investigación y persecución de delitos más graves que lesionan bienes jurídicos mayores.

¿No cree usted que este criterio revela una política criminal contradictoria e irracional como la califica la investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Olga Islas Magallanes de González Mariscal, pilar fundamental del Instituto Nacional de Ciencias Penales?